CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
 
El Gobierno prepara un decreto para que las viviendas tengan un certificado de eficiencia energética  

El Real Decreto por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación Energética de Edificios establecerá, entre otras medidas, la obligatoriedad de certificar energéticamente todos aquellos edificios, viviendas o locales existentes que se vayan a vender o alquilar, así como los edificios o locales de titularidad pública de más de 250 m2 que sean frecuentados habitualmente por el público a partir del 1 de enero de 2013.

También se establece en el mencionado R.D. que los arquitectos técnicos son, entre otros, técnicos competentes para realizar dicha certificación energética.

PROYECTO DEL REAL DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO BÁSICO PARA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA DE EDIFICIOS EXISTENTES


El Real Decreto por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios ha sido aprobado en Consejo de Ministros el pasado Viernes (5 de abril de 2013), dentro de las medidas de apoyo a la vivienda.

Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

La norma establece que a partir de 1 de junio de 2013 será obligatorio poner a disposición de los compradores o arrendadores de edificios o de parte de los mismos, para alquileres con una duración superior a cuatro meses, un certificado de eficiencia energética. Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de este, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios, con el fin de favorecer la promoción de edificios de alta eficiencia energética y las inversiones en ahorro de energía. 


En el BOE del miércoles, 10 de abril se publica el NUEVO PLAN ESTATAL DE VIVIENDA 2013-1016 (Real Decreto 233/2013).

AYUDAS A LA REHABILITACIÓN:

El plan contempla ayudas a la rehabilitación edificatoria en edificios e instalaciones para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energética.

Los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981, al menos el 70 por 100 de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.

Podrán solicitar estas ayudas comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas.

Se concederán ayudas de hasta cuatro mil euros por vivienda para conservacióndos mil euros por vivienda para mejora de la eficiencia energética (cinco mil euros si se reduce en un 50 por 100 la demanda energética del edificio) y cuatro mil euros por vivienda para mejora de accesibilidad.

SERÁ NECESARIO ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD:

  •  ITE (salvo que ya tenga una actualizada, en cuyo caso se aportará esta).
  •  Informe de accesibilidad del edificio, de acuerdo con el CTE DB SUA.
  •  Certificado de eficiencia energética del edificio.